SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0164/2004 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0164/2004 - R

Fecha: 04-Feb-2004

III.5.

III.5.  Por otra parte, conviene referirse al decreto de subsanación de 12 de noviembre de 2003,  pronunciado por el Tribunal de amparo en el que se ordenó la subsanación, por no haber acreditado el agotamiento de las vías legales que les franquea la ley, fundamento que corresponde a una declaratoria de improcedencia por la naturaleza del amparo al ser un recurso constitucional subsidiario, mas no a un decreto de subsanación en etapa de admisión, que sólo puede dictarse cuando el recurrente no ha cumplido con alguno de los requisitos formales de admisión, conforme lo estipula la disposición contenida en el art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).