SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0164/2004 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0164/2004 - R

Fecha: 04-Feb-2004

la de recibir e ingresar en el día al sistema informatizado, la causa nueva para luego, en el mismo día proceder a la asignación al juzgado de turno correspondiente también en forma automatizada,

Empero, el hecho de que algunas Cortes Superiores de Distrito cuenten con estas oficinas de recepción de causas nuevas y éstas, eventualmente, tengan falencias en su organización administrativa en razón de tiempo para ejecutar sus tareas, número de personal con que cuentan o insuficiencia en insumos necesarios para el trabajo, que perjudiquen sus labores, cual es, entre las asignadas por la propia Corte de Distrito, la de recibir e ingresar en el día al sistema informatizado, la causa nueva para luego, en el mismo día proceder a la asignación al juzgado de turno correspondiente también en forma automatizada, y por estas causas u otras los funcionarios de estas oficinas no cumplan esta tarea; es una  situación ajena a las partes que en ningún caso se les podría atribuir o responsabilizar, a los fines del cómputo del plazo para la interposición de los recursos o la presentación de demandas nuevas.