SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0231/2004- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0231/2004- R

Fecha: 17-Feb-2004

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba declaró improcedente el recurso con los fundamentos siguientes: a) la declaratoria de rebeldía es legal, ya que los representados fueron notificados mediante edictos publicados en el periódico, pero no comparecieron. Al margen de ello, dicha declaratoria no fue enervada como efecto de la solicitud de extradición; b) el domicilio que se señala en la demanda de extradición es la de la empresa brasilera VASP y no así del domicilio real de los imputados y; c) la notificación mediante edictos, no es indebida ni ilegal ni opera como causa ilegal de la declaratoria de rebeldía y consiguiente orden de aprehensión, ya que no existe ningún elemento objetivo de juicio que acredite el paradero o domicilio conocido, pues debería expedirse un certificado o registro domiciliario y la documentación respaldatoria expedida por autoridad competente del Estado Federal de Brasil como establece la SC 1625/2003-R, de 14 de noviembre, además la notificación realizada por edicto ha cumplido su finalidad, ya que se ha interpuesto el presente recuso “y siendo esto así lo que les corresponde es comparecer y asumir defensa en el referido proceso penal.”