Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0275/2004-R
Fecha: 27-Feb-2004
(fs. 1296),
Por decreto de 23 de enero de 2004 (fs. 1296), la Comisión de Admisión de este Tribunal, remite a despacho del Magistrado Relator la documentación solicitada, disponiéndose la reanudación del cómputo del plazo; empero este Tribunal mediante Acuerdo Jurisdiccional 25/04 de 2 de febrero de 2004 (fs. 1299) amplió el plazo procesal para resolver el mismo hasta el 3 de marzo del año en curso; por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo establecido por Ley.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- (fs. 240 - 241),
- (fs. 1296),
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- b)
- III.2.
- III.2.1
- III.2.2
- se centralizarán de forma directa todos los recursos destinados a trabajos de mantenimiento y conservación de las carreteras que conforman dicha Red (..) la financiación del fondo provendrá de: Recaudación del peaje
- III.3.
- III.3.1 .
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.4.
- APROBAR