Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0020/2004
Fecha: 04-Mar-2004
II.3.
II.3. El 17 de noviembre de 2003, Ghislaine Cerball de Mittelstadt, ante la promulgación del DS 27068 de 31 de octubre de 2003, solicitó al recurrido la exclusión de la proposición acusatoria por los delitos comprendidos en la Ley 2494 de 4 de agosto de 2003, por haber sido declarados en amnistía, manteniendo su proposición contra el nombrado ex Presidente y sus Ministros por el delito de asesinato y resoluciones contrarias a la constitución y contra Juan Evo Morales y otros, por encubridores en el delito de asesinato y por la comisión de los delitos previstos en los arts. 121, 123, 124, 126, 133, 206, 212, 232, 292, 294, 303 y 358 CP (fs.441-442.).
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- En consecuencia, sostiene el recurrente, que el Fiscal General ha introducido normas complementarias, al margen de la legislación
- b) Se ha arrogado
- c) También ha actuado fuera de su competencia, dado que ha emitido e
- I.2. Admisión y citaciones
- Fragmento 6
- II.1.
- II.1.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- a)
- III.1 La procedencia del recurso directo de nulidad
- 1)
- formular el requerimiento acusatorio o, en su caso, él rechazo de la proposición acusatoria..”
- III.2. Atribuciones del Fiscal General de la República en los juicios de responsabilidad contra altos dignatarios de Estado
- III.3. Análisis de los actos impugnados
- III.3.1.
- Quienes tuvieran cualquier forma de participación delictiva con las autoridades en la comisión de cualquier delito mencionado en el Artículo 1°
- III.3.2 .
- III.3.3.
- (fs. 406 a 417)