SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0576/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0576/2004-R

Fecha: 15-Abr-2004

sin perjuicio de realizar los actos imprescindibles para conservar los medios de prueba”.

            El mismo entendimiento se infiere del primer párrafo del art. 74 de la LOMP, que establece: “Los fiscales sólo podrán excusarse por las causales previstas para la recusación, en aquellos casos en que no exista víctima, debiendo hacer conocer su impedimento al superior jerárquico, mediante informe fundado, dentro del término de veinticuatro horas, sin perjuicio de realizar los actos imprescindibles para conservar los medios de prueba”.