SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0686/2004-R
Fecha: 06-May-2004
II.1.
II.1. El 26 de febrero de 2003, la UTLCC, dependiente de la Vicepresidencia de la República, emitió el informe de la “Investigación de la licitación pública internacional Nº 04/2002 para la construcción del tramo carretero San José Taperas Roboré”, en el cual en el punto 7, destinado a consideraciones sub punto 5, se expresa en forma textual “5. Consideramos necesario exhortar al ex Ministro de Desarrollo Económico, Oscar Farfán, abstenerse de ocupar funciones públicas por que sus propias declaraciones públicas han generado dudas sobre su intervención en el proceso de Licitación Pública Internacional Nº 04/2002 para la Construcción y Pavimentación del tramo carretero San José - Taperas - Roboré” (fs. 2 a 15).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. La Unidad Técnica de Lucha contra la Corrupción (UTLCC)
- III.1.2.
- III.1.3. Derecho al honor
- III.1.4.
- Fragmento 13
- exhortar
- III.2. Desarrollado el marco conceptual que antecede,
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- III.2.4.
- III.3.
- III.4.
- AC 287/1999-R, de 28 de octubre
- APRUEBA