Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0686/2004-R
Fecha: 06-May-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, solicita tutela a sus derechos a la seguridad jurídica, a la dignidad y al honor, consagrados en los arts. 7 inc. a) y 6 de la CPE y art. 17 del CC, denunciando que han sido vulnerados por la recurrida, mediante el exhorto a que se abstenga de cumplir funciones públicas, que considera una infamia, En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de alguno de los derechos fundamentales del recurrente, y si no existía otro medio legal para su reclamo; a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. La Unidad Técnica de Lucha contra la Corrupción (UTLCC)
- III.1.2.
- III.1.3. Derecho al honor
- III.1.4.
- Fragmento 13
- exhortar
- III.2. Desarrollado el marco conceptual que antecede,
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- III.2.4.
- III.3.
- III.4.
- AC 287/1999-R, de 28 de octubre
- APRUEBA