Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0805/2004-R
Fecha: 26-May-2004
II.3.
II.3. A través del escrito presentado el 4 de diciembre de 2003 (fs. 27 y 28), el personero de UDABOL solicitó la autorización de apertura y funcionamiento de otras dos carreras a nivel de Técnico Superior (Enfermería y Mecánica Dental), y cuatro a nivel de Licenciatura (Enfermería, Ingeniería en Gas y Petróleos, Ingeniería Ambiental e Ingeniería Aeronáutica).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- art. 112
- art. 113,
- III.2.
- Sin embargo,
- la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución
- III.3.
- III.4.
- 2º DECLARA IMPROCEDENTE