SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0064/2004
Fecha: 08-Jul-2004
también puede expresarse en una participación activa y efectiva en la toma de decisiones
En Bolivia, en el marco de la doctrina constitucional contemporánea, mediante la reforma constitucional realizada por Ley 2631 de 20 de febrero de 2004, junto al régimen democrático representativo se ha adoptado el régimen democrático participativo, sustentado sobre la base de los principios de soberanía popular y la separación de funciones, lo que implica que la relación de los ciudadanos con el poder político no se reduce a la emisión del voto para elegir a sus representantes y gobernantes, pues también puede expresarse en una participación activa y efectiva en la toma de decisiones políticas de especial trascendencia para el Estado y la sociedad.
En función a ese nuevo régimen democrático -representativo y participativo-, para hacer efectivo el ejercicio directo de la soberanía popular, esto es, para dar participación directa al cuerpo electoral en la toma de decisiones políticas de especial trascendencia, en la mencionada reforma constitucional, se han introducido a la Constitución normas que instituyen mecanismos de la democracia participativa, lo que algún sector de la doctrina constitucional conoce también como mecanismos de la democracia directa. Entre esos mecanismos se tiene el referéndum, el que, conforme a las normas previstas por el art. 4 de la Constitución, no está limitado en su ámbito de aplicación a la consulta de textos normativos, al contrario tiene un carácter amplio que abarca al ámbito de las decisiones políticas de especial trascendencia para el Estado y la Sociedad; lo que significa que el Constituyente ha recogido y concretado la doctrina constitucional contemporánea respecto a la naturaleza jurídica y alcances del referéndum.
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 390/2004-CA, de 7 de julio
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- AC 317/2004-CA-Bis, de 4 de junio
- (fs. 172 a 186 vta.) y
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El referéndum como mecanismo de participación del pueblo en la toma de decisiones políticas trascendentales
- cuerpo electoral
- la otra función esencial, es la de articular la participación del pueblo en el ejercicio del poder político, unas veces en forma directa, votando en los referendos o plebiscitos
- III.1.3. Referéndum y sufragio
- III.2.
- también puede expresarse en una participación activa y efectiva en la toma de decisiones
- III.2.2. El sistema electoral en Bolivia
- III.2.3. Los alcances de la competencia de la Corte Nacional Electoral para administrar el sistema electoral en Bolivia
- III.1.1, III.1.2 y III.1.3
- III.2.4. La Competencia de la Corte Nacional Electoral para la emisión de las resoluciones impugnadas
- Fragmento 20
- 2º