Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1086/2004-R
Fecha: 14-Jul-2004
Fragmento 4
La recurrente a través de su abogado y apoderado ratificó y reiteró los términos de su demanda, añadiendo que la Resolución final del proceso disciplinario que se le siguió fue pronunciada sin asidero legal al no haberse valorado las pruebas documentales que se presentaron durante el proceso, especialmente la documental en la fase de la investigación, por lo que se ha violentado los arts. 5, 8, 62, 66, 114, 115, 123, 108 incs0. 7) y 14) del CPP, así como el Pacto de San José de Costa Rica y la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- 1)
- III.1.
- III.2.
- toda nulidad debe estar prevista expresamente en la Ley, por lo que no basta que una norma procesal establezca el término dentro del cual debe dictarse una resolución para que en caso de incumplimiento, la misma sea nula ipso jure, por cuanto para que esto ocurra, la norma procesal debe expresar con carácter especifico que la autoridad pierde competencia si emite la resolución fuera de tal término
- APRUEBA