Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1560/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
II.2.4.
II.2.4. Las excepciones opuestas por el actor, fueron declaradas probadas por Auto de 5 de febrero de 1998 por el Juez de la causa (fs. 135). Apelada la decisión por BHN MULTIBANCO S.A. (fs. 138-141), fue revocada por Auto de Vista de 23 de mayo de 1998 dictada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz, que declaró vigente el plazo para la ordinarización de la causa, así como acreditada la personalidad y personería jurídica del demandante (fs. 152-153). El 18 de junio de 1998 el representado del actor interpuso recurso de casación que mereció el Auto Supremo de 15 de octubre de 1998 que lo declaró infundado (fs. 175-)
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- II.1.2.
- II.1.4.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.4.
- II.2.5.
- II.2.6.
- II.2.7.
- II.2.9.
- II.2.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- , sin efectuar ninguna observación o reclamo respecto al poder presentado por la entidad bancaria para interponer el citado medio de impugnación;
- III.2.
- III.3.