Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1560/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
improcedente
La Resolución 227/2004 de 22 de junio, cursante de fs. 568 a 570, declaró improcedente el recurso, con costas y multa al recurrente a establecerse en ejecución de Sentencia, con el argumento de que las autoridades recurridas, al emitir el Auto Supremo impugnado, se pronunciaron sobre todos y cada uno de los argumentos que motivaron el recurso de casación enmarcando sus actos al procedimiento y a las normas legales, por lo que el Tribunal de amparo, no puede ingresar a emitir juicios de valor sobre los elementos que hacen al fondo del litigio.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- II.1.2.
- II.1.4.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.4.
- II.2.5.
- II.2.6.
- II.2.7.
- II.2.9.
- II.2.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- , sin efectuar ninguna observación o reclamo respecto al poder presentado por la entidad bancaria para interponer el citado medio de impugnación;
- III.2.
- III.3.