Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0080/2005-R
Fecha: 27-Ene-2005
II.6.
II.6. Conforme la Planilla de Recepción de Postulaciones al Cargo de Vocal de la Corte Superior de Chuquisaca, entre el 19 y 23 de enero de 2004 (fs. 130), se presentaron a la convocatoria, entre otros abogados, Iván Saavedra Guzmán, Erlinda Bustillos, José A. Aquiles Andia, Tania Balderas, César Suárez Saavedra, Javier Alcoba, jueces de Partido en diferentes materias en Sucre; y entre el 26 y 30 de agosto, dentro de la ampliación de convocatoria (fs. 129), presentó su postulación para Vocal, José Antonio Revilla, reiterando la suya Erlinda Bustillos Fortún.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la defensa de los derechos de sus asociados.
- III.2.
- contra los actos consentidos libre y expresamente
- el consentimiento libre y expreso supone la acción voluntaria de la persona de someterse al acto considerado lesivo, sin objetarlo,
- III.3.
- III.4.
- presentaron sus postulaciones al cargo mencionado,
- III.5.
- APRUEBA