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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0080/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0080/2005-R

    Fecha: 27-Ene-2005

    III.2.

    III.2.El art. 19 de la CPE, instituye el amparo como una garantía constitucional contra los actos ilegales u omisiones indebidas que amenacen, restrinjan o supriman derechos y garantías constitucionales, también establece que dicho recurso sólo procederá cuando no exista otro inmediato para la protección de los mismos.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • la defensa de los derechos de sus asociados.
    • III.2.
    • contra los actos consentidos libre y expresamente
    • el consentimiento libre y expreso supone la acción voluntaria de la persona de someterse al acto considerado lesivo, sin objetarlo,
    • III.3.
    • III.4.
    • presentaron sus postulaciones al cargo mencionado,
    • III.5.
    • APRUEBA

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