SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2005-R

Fecha: 31-Oct-2005

de más de seis días continuos”.

A su vez, el art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT), establece las causales de rescisión unilateral de contrato a favor del empleador, que tiene como consecuencia la no cancelación del desahucio e indemnización, siendo una de ellas, la contenida en el Decreto Supremo (DS) 1592 de 19 de abril de 1949, relativa a “la inasistencia injustificada de más de seis días continuos”.