SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2005-R

Fecha: 31-Oct-2005

II.16.

II.16. En la audiencia del recurso de amparo constitucional presentado por el actor el 8 de julio de 2003, la parte recurrida señaló que los “6 días a ser computados son días hábiles y por los informes que tenemos y que se han presentado a vuestras autoridades se establece que esas fechas que refutamos efectivamente se pueden computar los 6 días de abandono, tomando en cuenta como fecha de inicio el día 4 y conclusión del abandono el 11, por lo tanto sumando los días hábiles son 6” (fs. 44).