SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2005-R

Fecha: 31-Oct-2005

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente se ratificó en su demanda y la amplió señalando que tenía un horario de lunes, martes y jueves, lo que significa que para que se haya faltado seis días consecutivos como se estableció en el memorando de destitución, tendría que haberse faltado dos días de cada uno de los nombrados, reiterando que se consideraron para el cómputo dos días inhábiles; además que el 4 de octubre presentó su solicitud de licencia para representar a la Universidad en un Congreso Internacional, desconociendo los motivos o circunstancias por que la solicitud no fue tramitada como correspondía. Regresando al país prosiguió sus actividades hasta diciembre de 2002 y posteriormente luego de varios reclamos por la falta de cancelación de sus sueldos, se le cursó el memorando con carácter retroactivo, vulnerándose con los actos ilegales denunciados el art. 9 inc. f) del Estatuto Orgánico de la Federación Sindical de Docentes de la UMSA.