SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0093/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0093/2005

Fecha: 23-Nov-2005

j)

j)   Señala que el art. 5 de la Ley 2445 abrogó las Leyes de 31 de octubre de 1884 de octubre de 1944 y todas las disposiciones sobre el juicio de responsabilidades  a los altos dignatarios de Estado señalados  precedentemente,  por lo que en virtud  de lo dispuesto por el parágrafo  segundo del referido artículo así como lo previsto por el art. 118.5ª de la CPE, que dispone que el Fiscal General de la República, tome conocimiento de todos los procesos que se hubieran iniciado por los procedimientos abrogados, dentro los siguientes ciento ochenta días a partir de la promulgación de la presente Ley 2445, para su correspondiente adecuación y tomando en cuenta que en el caso de Rolando Arostegui Quiroga, fue la Corte Suprema de Justicia que en cumplimiento a la disposición señalada remitió obrados a la Fiscalía General de  la República para que esta tome conocimiento de un proceso iniciado por los procedimientos abrogados, instancia que emitió el  requerimiento de 22 de agosto de 2003, que establece que corresponde proseguir el trámite el proceso penal  adecuándolo al procedimiento establecido por la  Ley 2445, requirió finalmente ante la Corte Suprema de Justicia el enjuiciamiento penal del imputado Rolando Arostegui Quiroga, ex Prefecto del departamento de Santa Cruz, por el delito de encubrimiento incurso en el art. 75 de la L1008,  requerimiento que previa consulta  a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia  fue remitido  al Congreso Nacional para su autorización expresa, mediante Auto Supremo 064/2003; por lo  que el Congreso dando estricto cumplimiento a lo establecido en el art. 68.11 concordante con la atribución  del art. 118.5ª de la CPE, art. 3 de la Ley 2445, dictó la Resolución 032/04-05 que autoriza el juicio de responsabilidades contra  Rolando Arostegui, por lo que su actuación se encuentra  dentro del marco legal establecido y no fuera como señala el recurrente.