SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0093/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0093/2005

Fecha: 23-Nov-2005

m)

m) El Congreso no puede responder por las actuaciones de otro poder del Estado por lo que la falta de notificación  con la adecuación no es de su responsabilidad,  pues su responsabilidad se reduce a la autorización de juzgamiento y posterior remisión de antecedentes a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, es en esa instancia  donde se inicia el juicio penal.