Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0099/2005
Fecha: 09-Dic-2005
Resolución 44/2005, de 20 de mayo, pronunciada por los vocales recurridos declaró extinguida la acción penal seguida por Walter Osvaldo, Carmen Rebeca, Norma Alcira y Maria Luisa Velasco Crespo contra Leticia Pinto Romero Vda. de Castro,
La Resolución 44/2005, de 20 de mayo, pronunciada por los vocales recurridos declaró extinguida la acción penal seguida por Walter Osvaldo, Carmen Rebeca, Norma Alcira y Maria Luisa Velasco Crespo contra Leticia Pinto Romero Vda. de Castro, por los delitos de estafa y uso de instrumento falsificado. En consecuencia se dispone el archivo de obrados (fs. 1855); fallo enmendado por Auto de 23 de junio de 2005, al evidenciarse un error de trascripción en el que se consignó como apellido materno de la procesada como “Romero” corrigiéndose el mismo a “Montero” por ser el correcto (fs. 1858)
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 2
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- memorial presentado a horas 10:45 del 24 de septiembre de 2004
- Resolución 44/2005, de 20 de mayo, pronunciada por los vocales recurridos declaró extinguida la acción penal seguida por Walter Osvaldo, Carmen Rebeca, Norma Alcira y Maria Luisa Velasco Crespo contra Leticia Pinto Romero Vda. de Castro,
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- III.2.
- Fragmento 13
- y en la instancia donde se encuentre la causa
- puede
- Fragmento 16
- la excepción de prescripción
- no es menos cierto que lo hizo cuando el Tribunal de apelación ya había resuelto la apelación de la Sentencia
- Fragmento 19
- III.4. Análisis y resolución de la problemática planteada
- concluirá su competencia respecto al objeto del litigio