Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1582/2005-R
Fecha: 07-Dic-2005
II.3.
II.3. El 10 de enero de 2004, el Juez co-recurrido declaró probado el incidente descrito anteriormente, anulando la diligencia de notificación a los poseedores incidentistas con la orden de desapoderamiento del referido inmueble, disponiendo que el Banco ejecutante restituya el derecho de posesión a los mismos en el término de diez días, salvando el derecho propietario de Nina Ingrid Hilda Van Herckenrode (fs. 22 a 24); decisión que el ejecutante y la mencionada propietaria apelaron, ésta última mediante memorial de 28 de enero de 2004 (fs. 125 a 126).