Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1601/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1601/2005-R

    Fecha: 09-Dic-2005

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1.
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • III.5.
    • sin que la fijación de la audiencia en su conjunto haya sido ostensiblemente demorada, y que por su sola postergación, tenga que ser considerada como una acción dilatoria y deliberada de la autoridad al haber obedecido a una petición argumentada de la Fiscal.
    • En suma de los precedentes glosados se puede extraer que la determinación de la dilación indebida no simplemente obedece a criterios de medición por el tiempo transcurrido, sino, además atendiendo las causas que motivan la demora, o sea, desde otra perspectiva, procede la tutela por dilación indebida cuando además de ser ostensible por el sólo transcurso del tiempo, no existen razones que la justifiquen y exista los elementos de convicción suficientes para determinar que hubo una acción dilatoria y deliberada de la autoridad judicial atribuible exclusivamente a ella
    • III.6.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca