SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1702/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1702/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El  recurrente ratificó su demanda y la amplió señalando que la hipoteca inscrita sobre el inmueble está inscrita a nombre del Banco de Inversión Boliviano S.A., la que tiene un plazo de duración de cinco años computables a partir del 18 de julio de 1990, en consecuencia la inscripción no está a favor del ejecutante, por lo que se está sometiendo a venta forzosa un bien que no pertenece a los ejecutados sino a sus mandantes, quienes desde hace más de trece años trabajan en la propiedad que la poseen durante ese tiempo de buena fe, sin existir prueba en contrario; además, que los embargos son nominales porque no se ingresó a la propiedad para trabar los mismos, sino la diligencia se la efectuó en avioneta constando en el acta el 26 de enero de 2001, cuando en realidad se materializó un día anterior pese a que en esa fecha no se había expedido aún la orden de ejecución de embargo.