Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1702/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.4.
II.4. Por Auto 380-04, de 13 de septiembre de “2003” (fs. 43-44 y vta.), el Juez recurrido declaró improbada la tercería de dominio excluyente presentada por Mario Alberto Antelo Chávez por sí y en caución de los intereses de su hermano Roger Antelo Chávez - representados del actor -, bajo el argumento de que la inscripción realizada por el Banco de Inversión Boliviano S.A. alcanza al cobro efectuado por el ahora Banco Sur en liquidación, por modificación-fusión y cambio de nombre de la entidad aspecto que no afecta la inscripción realizada, y que el tercerista no probó su derecho de preferencia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- DENEGÓ
- f)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR en parte