Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0182/2005-R
Fecha: 04-Mar-2005
Fragmento 3
De acuerdo a lo expuesto, presenta recurso de hábeas corpus contra Ruth López Soraire, Jueza de Instrucción Mixta de la provincia Ichilo y Carlos Ruddy Parada Soleto, Fiscal de Materia adscrito a la FELCN, impetrando sea declarado procedente, por ende, se disponga su inmediata libertad y se le haga la devolución de la suma de $us4.700.- que le fue secuestrada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- a)
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión
- 1)
- III.2. Excepción al carácter no subsidiario del hábeas corpus
- “III.1.Determinación del recurso aplicable
- “III.1.1. Los fines de la garantía del art. 18 de la CPE
- “III.1.2.
- eficaces y oportunos
- sin demora
- forma inmediata
- de apelación
- recurso idóneo e inmediato
- esa Resolución pudo ser impugnada por el recurrente a través del recurso de apelación
- idóneo e inmediato,
- APROBAR