SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0182/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0182/2005-R

Fecha: 04-Mar-2005

idóneo e inmediato,

De lo expuesto se evidencia que el actor, no hizo uso del recurso expresamente previsto en el Código de procedimiento penal para la apelación de las Resoluciones que imponen, modifican o rechacen las medidas cautelares.. En consecuencia, por las razones expuestas en la jurisprudencia precedentemente glosada,  corresponde en revisión declarar la improcedencia del hábeas corpus, al no ser posible analizar el fondo del recurso, por existir otro medio de defensa idóneo e inmediato, para la protección del derecho a la libertad del recurrente, que debió ser utilizado por el actor antes de interponer el presente recurso de hábeas corpus.