Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0340/2005-R
Fecha: 08-Abr-2005
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con esos antecedentes, plantea recurso de amparo constitucional contra Hermo Carlos Martínez Tapia, Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Oscar Barrios Sánchez y Juan José Gonzáles Ossio, Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Chuquisaca, solicitando se disponga la nulidad de obrados, hasta que el Juez de apelación pronuncie nuevo Auto de Vista, conforme a los puntos apelados por parte del demandado y en base a la documental presentada en la demanda (Testimonio 378/88); asimismo, se dejen sin efecto los honorarios ordenados por los Vocales recurridos.
- recurso de amparo constitucional
- haciendo constar que éste fue suscrito con error esencial sobre la naturaleza y dolo en la causa
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- demandaron la nulidad del Testimonio 378/88 que habría sido suscrito con error esencial sobre la naturaleza y dolo en la causa
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- la nulidad del Testimonio 378/88
- siendo evidente que en el caso de análisis existe certeza sobre la lesión al derecho a la garantía al debido proceso en su componente a la seguridad jurídica
- III.6.
- III.7.
- APROBAR