Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0386/2005-R
Fecha: 15-Abr-2005
que casó parcialmente la Resolución impugnada
Por su parte, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia al resolver el recurso de casación interpuesto contra el Auto de Vista que resolvió la apelación pronunció el Auto Supremo 418 de 16 de agosto de 2004, que casó parcialmente la Resolución impugnada y deliberando en el fondo, declaró al procesado Lucio Paz Roca autor de la comisión del delito previsto por el art. 312 del CP, modificado por la Ley 2033 de 29 de agosto de 1999, condenándole a cumplir la pena de seis años de reclusión en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola” de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra y demás condenaciones de ley; al considerar:
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- hace tres meses atrás
- -
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- se encuentra el principio de legalidad penal
- principio de irretroactividad de las normas penales desfavorables, principio que tiene incidencia en el proceso de la aplicación de la ley y se dirige principalmente a los jueces y tribunales de la jurisdicción penal,
- Fragmento 17
- III.2.1. Sobre la irretroactividad de la ley y el principio de favorabilidad
- Pero, en materia sancionatoria, el principio de irretroactividad de la ley es inseparable del de favorabilidad, plasmado en el art. 16.IV de la CPE, según el cual, en ese campo, la ley permisiva o favorable, aun cuando sea posterior, se aplicará de preferencia a la restrictiva o desfavorable.
- Fragmento 20
- III.2.2. Precedentes constitucionales aplicables al caso de autos
- previstos y sancionados por los arts. 312 y 319 inc. 1) del CP, condenándole a cumplir la pena de cuatro años de reclusión
- que casó parcialmente la Resolución impugnada
- sin que ello represente ingresar a la compulsa del hecho principal,
- y si bien la fecha exacta de los hechos no pudo ser establecida en forma directa con la prueba aportada
- 1)
- en el entendido de que la Ley 2033 ya estaba vigente el 11 de noviembre de 1999, fecha en que se denunciaron los hechos,
- APROBAR