SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0386/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0386/2005-R

Fecha: 15-Abr-2005

se encuentra el principio de legalidad penal

El poder punitivo del Estado, entendido como aquel conjunto de potestades que tiene el Estado en relación con la creación y aplicación del derecho penal, tiene como su principal característica que tales facultades emanan de la Constitución, la que al mismo tiempo, le limita su actuación, sometiéndolo a los principios que la inspiran, como medio para precautelar la libertad, la igualdad, la justicia y la seguridad. Entre los principios que limitan ese poder, se encuentra el principio de legalidad penal que constituye, sin lugar a dudas, un importante límite externo al monopolio del ius puniendi por parte del Estado e impide que los poderes ejecutivo y judicial configuren, en la aplicación concreta de la norma, delitos y penas, o medidas de seguridad.  Del principio de legalidad, se derivan las garantías “jurisdiccional” y de “ejecución” mediante las que, respectivamente, se asegura que nadie será condenado sin haber sido previamente objeto de un procedimiento judicial acorde con los requerimientos constitucionales y que el cumplimiento de la pena impuesta se llevará a cabo con arreglo a lo dispuesto por ley.