Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0407/2005-R
Fecha: 20-Abr-2005
II.6.
II.6. En dicho proceso ordinario la recurrente solicitó la anotación preventiva en el Registro de Derechos Reales de su demanda reconvencional, la misma que fue ordenada y ejecutada el 11 de mayo de 2001, siendo prorrogada antes de su vencimiento conforme a Ley, encontrándose vigente a la fecha (fs. 32 a 36; 143 a 147).