SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0407/2005-R
Fecha: 20-Abr-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente señala que en el proceso ejecutivo seguido por Roberto Gutiérrez López contra Juan Cabrera Rosales y Evelia Eva Ramírez de Cabrera por cobro de $US8.500.-, se procedió al embargo, avalúo, subasta y remate del inmueble que reclama su persona, pese a que se habrían producido algunas causas de nulidad, mismas que no habrían sido observadas por las autoridades recurridas, entre las que menciona el hecho de no haber sido admitida la caducidad de la anotación preventiva efectuada por el ejecutante sobre el inmueble que después se llevó a subasta y remate, ya que la caducidad debe producirse de forma inmediata y sin ningún otro actuado conforme determina el art. 1553 del CC; sin embargo, la misma no fue reconocida por los recurridos; por lo que denuncia la ilegalidad del trámite y pide que a través del presente recurso se declare la nulidad de actuados dictados por el Juez recurrido y por los Vocales recurridos que confirmaron por Auto de Vista la resolución apelada, señalando haberse restringido y suprimido sus derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso, a la defensa y a la propiedad privada. Corresponde analizar por ende, si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 de la CPE.