SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0615/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0615/2005-R

Fecha: 07-Jun-2005

Fragmento 23

            Respecto a la víctima, la SC 1813/2003-R, de 5 de diciembre señaló: “Desde el punto de vista jurídico penal, la víctima es la persona directamente ofendida por el delito, y goza de protección constitucional, partiendo de la previsión contenida en el art. 6.II) CPE que determina que la dignidad y la libertad de la persona son inviolables. Respetarla y protegerla es deber primordial del Estado.