Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0650/2005-R
Fecha: 14-Jun-2005
II.5.
II.5. El Fiscal General de la República a.i., Mario Uribe Melendres, emitió la Resolución 034/2005, de 4 de marzo de 2005 (fs. 72 y 73), por la que ratificó la instrucción impartida por el Fiscal de Distrito de Santa Cruz, contenida en el memorando 122/2005, “toda vez que el objetante no ha demostrado la arbitrariedad, ilegalidad o la inconveniencia” de tal orden, dada en uso de las específicas atribuciones del Fiscal mencionado previstas en el art. 40 numeral 10 de la LOMP, y en mérito a las necesidades de servicio.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.2.1.
- .
- desplazamiento
- III.2.3.
- traslado del lugar de sus funciones.
- trasladados
- III.3.
- puede ser realizado dentro del ámbito territorial
- desplazar
- III.4.
- III.5.
- APRUEBA