SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0684/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0684/2005-R

Fecha: 20-Jun-2005

III.4.

III.4. Con relación a que el recurrente fue sometido a un proceso disciplinario que se inició sin especificar qué tipo de contravención cometió; corresponde señalar que este Tribunal no puede ingresar al análisis del contenido del Auto de apertura del Sumario dictado por el Juez Sumariante y determinar si se adecua o no al art. 21 inc. a) del DS 26237, toda vez que este extremo no fue reclamado por el recurrente ante esta autoridad en la primera actuación, conforme era su deber, vale decir, una vez que fue notificado con el Auto de apertura del Sumario el 12 de abril de 2004 (fs. 57), evidenciándose, por el contrario, que el mismo prestó su declaración informativa el 13 de abril de 2004, sin haber formulado observación alguna sobre el hecho de que se le habría iniciado proceso sin especificar qué tipo de contravención cometió, tal como afirma en el recurso. Así las SSCC  512/2003-R y 593/2004-R, entre otras.