SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0684/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0684/2005-R

Fecha: 20-Jun-2005

“no presentó pruebas que desvirtúen  el motivo de su procesamiento, por lo que estas no fueron valoradas como pruebas de descargo por el Tribunal Sumariante”,

En el caso de examen, se evidencia que las autoridades recurridas a tiempo de pronunciar las resoluciones impugnadas, no valoraron la prueba de descargo ofrecida por el recurrente dentro del proceso, en fecha 23 de abril de 2004, conforme ellos mismos reconocieron en su informe (fs. 86 a 89) cuando  señalaron que el actor “no presentó pruebas que desvirtúen  el motivo de su procesamiento, por lo que estas no fueron valoradas como pruebas de descargo por el Tribunal Sumariante”, ; omisión en que se incurrió no solo en la fase sumarial sino también en la de  impugnación, o sea,  que tampoco fue valorada la prueba de descargo, a tiempo de resolver los recursos de revocatoria y jerárquico, respectivamente, no obstante el reclamo reiterado formulado por el actor al respecto; omisión que lesionó el derecho a la defensa y la garantía del debido proceso del recurrente, toda vez que el rechazo de la prueba debe sustentarse o ser la consecuencia directa de su conocimiento previo, en cuyo caso, deberá motivarse debidamente su impertinencia o inutilidad, lo que no ocurrió en este caso.