Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0808/2005-R
Fecha: 19-Jul-2005
recurso
En revisión la Resolución de fs. 235 a 237 pronunciada el 27 de noviembre de 2004 por el Juez de Partido Mixto de Sacaba del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Patricio Álvarez Ledezma contra Vicente Nelson Sánchez Ledezma, Alcalde Municipal de Sacaba, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y a la defensa, previstos en los arts. 7 incs. a), d) y 16.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- no sólo en contra de la autoridad que ejecutó el acto ilegal, sino también de aquella que revisó esa actuación y no la corrigió. Al no haberlo hecho, no es posible compulsar la problemática de fondo planteada
- en aquellos casos en los que el acto denunciado como ilegal es ejecutado por una autoridad y es otra la competente para revisar esa actuación a efecto de modificar, confirmar o revocar el acto puesto en su conocimiento, el recurso debe ser interpuesto contra ambas autoridades al tener legitimación pasiva
- REVOCAR