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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0828/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0828/2005-R

    Fecha: 25-Jul-2005

    II.5.

    II.5.  Héctor Ajhuacho, perito de la demandante presentó informe de 27 de agosto de 2004 (fs. 27 a 28) y los complementarios de 20 de septiembre (fs. 29) y de 7 de octubre, ambos de 2004, estableciendo en este último que el monto a pagar por el recurrente asciende a $US2.780.- (fs. 46), a quien se le notificó el 9 de octubre de 2004 (fs. 61), sin que haya realizado ninguna observación.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • i)
    • III.1.
    • III.2.
    • exclusivamente la libertad física y el derecho de locomoción
    • procesamiento ilegal
    • a no ser
    • III.3.
    • III.4.
    • el deber de cumplir con la asistencia quedará sin efecto a partir de la resolución de la autoridad judicial competente
    • Fragmento 21
    • III.5.

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