Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0868/2005-R
Fecha: 27-Jul-2005
II.3.
II.3. El 23 de diciembre de 2002, el Juez de la causa dictó Sentencia condenatoria contra el recurrente, declarándolo autor del delito de apropiación indebida, imponiéndole una pena de tres años de reclusión, así como el pago de costas a favor del querellante y del Estado y al pago de daños civiles, sólo a favor del querellante, averiguables en ejecución de Sentencia (fs. 12 a 14 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- denunciando supuestos actos ilegales que no fueron invocados y reclamados oportunamente, dentro del proceso penal seguido en su contra, toda vez que el amparo constitucional, no puede operar como recurso sustitutivo, tampoco puede suplir las omisiones en el no uso oportuno de los mismos, ni se constituye en una instancia más dentro de los procesos ordinarios o administrativos previstos por el ordenamiento jurídico,
- III.3.
- APRUEBA