Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0868/2005-R
Fecha: 27-Jul-2005
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 039/2004, de 23 de diciembre, cursante de fs. 93 a 97 vta., pronunciada por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Eduardo Ascarrunz Navarro contra José Carlos Montoya, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal Liquidador de la misma Corte, Vicente González Aramayo Zuleta y Héctor Rojas Alfaro, jueces Tercero y Cuarto de Partido en lo Penal, respectivamente; alegando la vulneración de sus derechos a la defensa, a la seguridad jurídica, al debido proceso, a la propiedad privada y al trabajo, previstos en los arts. 7 incs. a), i) y j) y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- denunciando supuestos actos ilegales que no fueron invocados y reclamados oportunamente, dentro del proceso penal seguido en su contra, toda vez que el amparo constitucional, no puede operar como recurso sustitutivo, tampoco puede suplir las omisiones en el no uso oportuno de los mismos, ni se constituye en una instancia más dentro de los procesos ordinarios o administrativos previstos por el ordenamiento jurídico,
- III.3.
- APRUEBA