SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0890/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0890/2005-R

Fecha: 03-Ago-2005

II.2.

II.2.  El 26 septiembre de 2000,  Jaime Alberto Arauz Molina se apersonó ante el Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal pidiendo suspensión de la audiencia  ( fs. 121 a 126) asimismo por Auto  de 28 de marzo de 2001, el Juez rechazó  la cuestión previa de prescripción de la acción interpuesta por Jaime Alberto Arauz Molina (fs. 140 y 141) determinación que fue apelada por el querellado ( fs. 143), a fs. 188 solicitó señalamiento de día y hora para  que preste su declaración indagatoria la que fue realizada el  24 de octubre de 2001 (fs.195); el 8 de noviembre de 2001, presentó memorial planteando  defensa de fondo (fs. 201 y 202), sin haber observado la falta de personería del Sindicato de la Prensa.