SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0890/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0890/2005-R

Fecha: 03-Ago-2005

II.9.

II.9.  Presentado el recurso de casación alegando entre otros la falta de personería del Sindicato de Trabajadores de la  Prensa de Santa Cruz, por Jaime Alberto Arauz Molina entre otros (fs. 545 a 548 vta.) la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante Auto Supremo 289, de 17 de mayo de 2004 declaró infundados los mismos (fs. 592 a 594) refiriendo concretamente que en cuanto a la personería del Sindicato de Trabajadores de la prensa se halla debidamente acreditada en la documental saliente de fs. 1 a 4  con lo que fue notificado el representado de los recurrentes el 2 de junio de 2004,  mediante cédula fijada en la Secretaría de Cámara de la Sala Penal de la Corte  Suprema de Justicia.