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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0947/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0947/2005-R

    Fecha: 15-Ago-2005

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    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • a)
    • b)
    • II.2.
    • II.4.
    • Fragmento 10
    • II.5.
    • III.1.
    • que la iniciación de la causa se da cuando se dicta el Auto Inicial de la Instrucción
    • el hecho de que una acción sea ingresada en despacho judicial por si sólo, no inicia el proceso conforme a las normas previstas en el sistema anterior, dado que es necesario que se dicte el Auto Inicial de la Instrucción que da comienzo formal al proceso
    • III.2. Inicio del proceso a citación directa regulado por los arts. 261 al 264 del CPP.1972
    • siguiendo la lógica de la jurisprudencia sentada por este Tribunal con relación a los procesos penales con sumario y la estructura del procedimiento especial por delitos de acción privada y de menor gravedad, es la resolución asumida por el juez de instrucción de admitir la demanda expresada en el Auto de apertura de proceso
    • III.3.  Resolución del caso concreto

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