Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1008/2005-R
Fecha: 29-Ago-2005
II.4.
II.4. El 25 de agosto de 2003 (fs. 85-86), la parte imputada formalizó la apelación incidental respecto a la decisión de rechazar la excepción de prescripción, argumentando que si se tomaba en cuenta el último supuesto ilícito de 3 de julio de 2000 hasta esa fecha, habían transcurrido más de tres años sin que exista Sentencia condenatoria ejecutoriada. Y por memorial de 22 de septiembre de 2003 (fs. 90-93) interpuso recurso de apelación restringida respecto a la Sentencia pronunciada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- c)
- d)
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- prescripción como motivo de extinción de la acción penal.
- si el recurso es inadmisible el tribunal de alzada lo rechazará sin pronunciarse sobre el fondo
- apelación incidental
- respecto a la determinación que resuelve la excepción de prescripción, la Ley reconoce como medio impugnativo únicamente la apelación incidental
- III.3.