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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1008/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1008/2005-R

    Fecha: 29-Ago-2005

    III.2.

    III.2.   Respecto a la decisión asumida por las autoridades judiciales recurridas es necesario hacer referencia a las disposiciones contenidas en el Código de procedimiento penal, al planteamiento de excepciones, al recurso que la ley reconoce respecto a la decisión que las resuelve y  a los recursos de apelación restringida y de casación.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • c)
    • d)
    • II.1.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • prescripción como motivo de extinción de la acción penal.
    • si el recurso es inadmisible el tribunal de alzada lo rechazará sin pronunciarse sobre el fondo
    • apelación incidental
    • respecto a la determinación que resuelve la excepción de prescripción, la Ley reconoce como medio impugnativo únicamente la apelación incidental
    • III.3.

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