Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1025/2005-R
Fecha: 29-Ago-2005
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
El recurrente interpone amparo constitucional contra Hernán Cortes Castillo, Adolfo Gandarilla Suárez y Juana Molina Paz de Paz, vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, y Guido Salas Guardia, Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial, solicitando se declare procedente y anule las Resoluciones: Auto de 30 de junio de 2003, y Auto de Vista de 22 de septiembre de 2004, pronunciados por las autoridades recurridas.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- seguridad jurídica
- III.3.
- “(…)la autoridad jurisdiccional debe observar y está condicionada al cumplimiento del conjunto de reglas que el legislador ha establecido para la tramitación de los procesos -según su naturaleza- asegurando el debido proceso y la seguridad jurídica
- III.4.
- III.5.
- III.6.