SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1025/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1025/2005-R

Fecha: 29-Ago-2005

III.1.

III.1. El amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de funcionarios o particulares que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona reconocidos por la Constitución y las leyes, siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de esos derechos y garantías. Así, el recurso procede única y exclusivamente cuando se han agotado los recursos y medios existentes para que la persona exija se respeten los derechos y garantías que estima lesionados, o cuando la ley no contempla ningún otro recurso o medio, o cuando existiendo esos medios, no le aseguren la inmediatez y eficacia necesaria en la protección frente a un inminente e irreparable daño. En este último sentido la SC 520/2004-R, de 7 de abril de 2004.