SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1025/2005-R
Fecha: 29-Ago-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que se han vulnerado los derechos de su mandante a la seguridad jurídica y al debido proceso, y los principios de legalidad y especialidad, por cuanto dentro del proceso coactivo seguido contra su mandante y otros, se ordenó el secuestro del tractor del que estaba en posesión hace más de un año, secuestro que además de no proceder en los procesos coactivos, fue dispuesto aplicando indebidamente el art. 162 del CPC en desmedro del art. 163 que es de preferente aplicación por ser una norma especial, y posterior con referencia al art. 162 del CPC; causándole daño porque además la maquinaria secuestrada (tractor) es para el trabajo agrícola que desarrolla su mandante. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- seguridad jurídica
- III.3.
- “(…)la autoridad jurisdiccional debe observar y está condicionada al cumplimiento del conjunto de reglas que el legislador ha establecido para la tramitación de los procesos -según su naturaleza- asegurando el debido proceso y la seguridad jurídica
- III.4.
- III.5.
- III.6.