Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1135/2005-R
Fecha: 19-Sep-2005
II.4.
II.4. En la misma fecha 29 de diciembre de 2004, el Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital, mediante Auto concedió en efecto devolutivo, la apelación planteada por Gabriela Pinto Montero contra el Auto de 23 de octubre de 2004, que declaró improbada la tercería de dominio excluyente (fs. 30 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 17
- III.3.
- APRUEBA