SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1135/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1135/2005-R

Fecha: 19-Sep-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita tutela a sus derechos a la igualdad, la libertad, la dignidad, a una remuneración justa y a la defensa, consagrados en los arts. 6, 7 inc. j) y 16.II de la CPE, denunciando que han sido vulnerados por el recurrido, puesto que dentro del proceso coactivo civil seguido por el Banco de la Unión S.A. contra su exempleador, ignorando que existe una Resolución dictada por el Juez Décimo de Partido en lo Civil que ha declarado probada la tercería de derecho preferente al pago, que sus derechos habían sido reconocidos por el Juzgado Cuarto de Partido del Trabajo y Seguridad Social; y que como suplente no podía expedir un desapoderamiento con ayuda de la fuerza pública; y principalmente sin notificarle en el inmueble que ocupaba, ordenó desapoderar el mismo mediante "Auto de 29 de diciembre de 2004". En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.